Laboral

¿Tus trabajadores están de pie todo el turno?

La llamada Ley Silla obliga a proporcionar asientos con respaldo en comercio, servicios y centros de trabajo análogos. Qué aplica a tu giro y cuál es la sanción.

13 de septiembre de 2026 Reforma a la Ley Federal del Trabajo · DOF 19/12/2024 · vigente desde 17/06/2025

Si tienes una tienda, un restaurante, una farmacia, un banco o cualquier negocio donde tu personal atiende de pie, esta reforma ya está vigente y te aplica.

El decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024, y entró en vigor a los 180 días naturales de su publicación: el 17 de junio de 2025.

Qué obliga exactamente

La reforma establece la obligación del patrón de proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos.

Y son dos supuestos distintos, no uno:

Fíjate en el detalle: dice con respaldo. Un banco alto sin respaldo o una caja volteada no cumplen.

Las multas

Las sanciones van de 250 a 2,500 UMA. Traducido a pesos, eso ubica las multas aproximadamente entre 27,000 y 280,000 pesos.

Y el dato que se pasa por alto: la sanción se aplica por cada persona trabajadora afectada. En un negocio con varios empleados, el número se multiplica rápido.

Qué se reformó

El decreto reformó los artículos 132 (primer párrafo y fracción V), 133 (primer párrafo), 422 (primer párrafo) y 423 (fracciones I, V, VIII y X) de la Ley Federal del Trabajo, y adicionó una fracción XVII Bis al artículo 133.

Que se haya reformado el artículo 423 es relevante: significa que el tema debe quedar reflejado en tu reglamento interior de trabajo.

Lo que muchos patrones no hicieron

Comprar las sillas fue la parte fácil, y muchos negocios ya la resolvieron. Lo que casi nadie hizo fue lo otro:

Tu lista de cumplimiento

  • Sillas con respaldo, en número suficiente. Suficiente significa para todas las personas que las necesiten, no una para el turno completo.
  • Actualiza tu reglamento interior de trabajo. El artículo 423 se reformó justo para esto.
  • Documenta los periodos de descanso. Deja por escrito cómo y cuándo se toman.
  • Prohibido obligar a permanecer de pie. La reforma también adicionó una prohibición expresa para el patrón.
  • Informa a tu personal. Que sepan que existe el derecho y cómo ejercerlo.

En corto

La inspección laboral no te va a preguntar si compraste sillas: va a ver si están disponibles, si tienen respaldo, si alcanzan y si el tema está en tu reglamento. Cumplir cuesta mucho menos que la multa más baja.

Fundamento legal

  • Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2024.
  • Entrada en vigor: 17 de junio de 2025 (180 días naturales después de su publicación).
  • Artículos reformados: 132 primer párrafo y fracción V; 133 primer párrafo; 422 primer párrafo; 423 fracciones I, V, VIII y X. Se adiciona la fracción XVII Bis al artículo 133.
  • Sanciones: de 250 a 2,500 UMA, por cada persona trabajadora afectada.

Esta nota es informativa y refleja las disposiciones vigentes a la fecha de su publicación. No sustituye una asesoría profesional: cada caso depende de tu régimen, tu actividad y tus circunstancias particulares. Si quieres saber cómo te aplica a ti, escríbenos por WhatsApp.

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